jueves, 24 de octubre de 2013

Arresto domiciliario es inviable

Procurador anticorrupción Julio Arbizu rechaza pedido de condenado exdictador Fujimori.

Arresto domiciliario es inviable
El procurador anticorrupción Julio Arbizu planteó ayer que el pedido de arresto domiciliario para el expresidente Alberto Fujimori debe ser rechazado de plano, ya que esa modalidad puede aplicarse durante un proceso penal, pero no a condenados a prisión efectiva.


LA SENTENCIA
El 7 de abril del 2009, los jueces César San Martín, Víctor Prado y Hugo Príncipe condenaron a Alberto Kenya Fujimori Fujimori a 25 años de prisión efectiva, como autor mediato de homicidio calificado con alevosía, lesiones graves y secuestro agravado.

Arbizu explicó que el arresto domiciliario es una disposición preliminar del juez dentro de un proceso. “Cuando se abre un proceso el juez tiene dos opciones. Una es solicitar que el acusado afronte el proceso en calidad de detenido o con comparecencia”, pero cuando hay una pena de prisión el arresto domiciliario no procede.

“Lo que viene después de la sentencia es el periodo de ejecución de la pena. Durante este tiempo solo pueden haber beneficios penitenciarios, como semilibertad o libertad condicional, pero nunca arresto domiciliario”, explicó.

Según comentó, la defensa de Fujimori sostuvo en una entrevista que hay una ley que permite que en algunos casos exista la posibilidad de un “arresto penitenciario”.

“El abogado se refiere a la ley de grillete electrónico, que no está reglamentada, ni siquiera tenemos esos dispositivos”, precisó. “Además, esa ley solo es aplicable a personas con condenas menores a seis años y Fujimori ha sido sentenciado a 25 años de cárcel efectiva”, recordó.

En tal sentido, consideró que el Poder Judicial solo admitió el trámite y fijó una audiencia para mañana, con el fin de abrir el debate, pero este no conducirá a nada.

Mañana, a las tres de la tarde, el juez evaluará el pedido de Fujimori para que se le cambie la pena de cárcel efectiva por la de “arresto penitenciario” en la audiencia programada por el Juzgado Supremo de Instrucción a cargo de Baltazar Morales.

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