domingo, 15 de octubre de 2017

MUNDO: La ideología de género como herramienta de dominación

12 de Octubre 2017
Compartimos a continuación parte de la interesante conferencia dada por Beatriz Mejía Mori en el Colegio de Abogados de Lima
Por Beatriz Mejía Mori
En la antigua declaración de la OCDE sobre las política educativas futuras en el cambiante contexto social y económico, de 20 de octubre de 1978, encontramos el enfoque de igualdad de género que entonces se promovió en defensa de la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer, sin embargo, dicho enfoque sufrió mutaciones hacia la inclusión de los derechos de la personas LGTB a partir de los años 80, habiéndose desarrollado toda una ideología del género que ha sido incluida en los planes y programas en los organismos internacionales como la ONU, UNESCO, BANCO Mundial, UNICEF, entre otros, que nada tiene que ver con el concepto de igualdad de derechos entre varones y mujeres sino con la difusión de una corriente de pensamiento que ha sido inventada en laboratorio de fabricación de fenómenos psicológicos de manipulación de masas, para quebrar la cultura socia de los pueblos remplazarla por una cultura de anti-valores que se oponen a la moral universal reconocida como derechos en todos los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.
Declaran así, estar promoviendo una reingeniería social de la modernidad y un supuesto progresismo que generará igualdad, inclusión y desarrollo de los pueblos, lo cual es imposible, a través de una metodología coercitiva y vulnerada de los derechos humanos ya reconocidos, en principio el derecho a la propia cultura de los pueblos, que es deber de los Estados preservar según la doctrina internacional de protección de derechos humanos. Y aún peor, cuando vemos en los países donde se ha impuesto, están incurriendo en violaciones sistemáticas a los derechos humanos, como en Perú: A la dignidad humana, art. 1 de la Constitución; a la identidad, a la integridad moral, psíquica y física, art. 2.1 de la Constitución; a la igualdad ante la ley(no se pueden crear regímenes legales de privilegios de un grupo social), art. 2.2 de la Constitución, a la libertad de conciencia y de religión, art. 2.3 de la Constitución; a la libertad de información y de expresión, art. 2.4 de la Constitución; a la intimidad personal y familiar, art. 2.7 de la Constitución; a participar en la vida política, social y cultural de la nación, art. 2.17 de la Constitución a la identidad cultural, art. 2.19 de la Constitución; a formular peticiones a las autoridades y a recibir repuestas conforme a la verdad, art. 2.19 de la Constitución, a la libertad y  la seguridad personales, art. 2.24 de la Constitución: A no ser obligado a hacer lo que la ley no manda, 2.24.a, a no sufrir restricción arbitraria de la libertad personal, 2.24.b, a no ser procesado ni condenado por hecho que no constituye delito, 2.24.d, a no ser víctima de violencia moral, física o psíquica, 2.24.h de la Constitución, a la libertad de enseñanza, art. 13 de la Constitución; a la libertad de elegir la educación de los hijos, art. 13 de la Constitución y art. 12.4 de la Convención Americana de Derechos Humanos; a la educación religiosa con respecto  la libertad de las consciencias, art. 14 de la Constitución; al respecto de los fines de la correspondiente institución educativa, art. 14 de la Constitución; al derecho a la formación del niño respetuosa de su identidad, art. 15 de la Constitución; a que el estado preserve la cultura de los pueblos en la educación, art. 17 de la Constitución; a la autonomía del Ministerio Público y a que el ejercicio de la acción penal se realice en defensa de la legalidad y de los intereses de la nación, arts. 159.1 de la Constitución; a la administración de justicia conforme a la Constitución y a las leyes, art. 138 de la Constitución; a que se aprueben leyes que no se opongan al orden constitucional, art. 200.4 de la Constitución; a la defensa dela soberanía nacional y a la garantía plena de los derechos humanos, a cargo del Estado, arts. 43 y 44 de la Constitución.
Por otro lado, están imponiendo por medio de leyes el reconocimiento de falsos derechos humanos LGTB, en contra de lo dispuesto por el artículo 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establece que:
“1. Ninguna disposición del presente Pacto podrá ser interpretada en el sentido de conceder derecho alguno a un Estado, grupo o individuo para emprender actividades o realiza actos encaminados a la destrucción de cualquiera de los derechos y libertades reconocidos en el Pacto o a su limitación en mayor medida que la prevista en él.
2. No podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos y vigentes en un Estado Parte en virtud de leyes, convenciones, reglamentos o costumbres, so pretexto de que el presente Pacto no lo reconoce o los reconoce en menor grado.”
La legalización del aborto vulnera el derecho a la vida y legaliza el crimen del asesinato del hijo en el vientre de su madre; la legalización del matrimonio homosexual vulnera el derecho humano al matrimonio reconocido como la unión entre varón y la mujer y legaliza la unión de las personas que sufren de disforia de género simulando un matrimonio que lesiona la moral social, atenta contra la propia integridad de las personas, y afecta la formación moral y psicológica de los niños que observan estas conductas como normales en el seno social; la adopción de niños por homosexuales va en contra del derecho humano a formar una familia consecuente de contraer matrimonio entre varón y mujer y vulnera el derecho de los niños adoptados a que se cautele su integridad moral, mental, psicológica y física, en peligro si se les obliga a ser parte de una familia conformada por personas que padecen de disforia de género.
La legalización de las drogas y la eutanasia que forman parte de esta agenda que busca quebrar la moral social, universal, se dirigen en nombre de una falsa libertad a vulnerar el concepto del deber social de proteger el derecho humano a la integridad mental y física, y el derecho a la vida de todas las personas desde la concepción, sin que el hombre pueda decidir cuándo quitarle la vida a otro.
La promoción de las relaciones sexuales tempranas promiscuas y antinaturales en los niños busca destruir la integridad delas personas a la más temprana edad para despojarlos de la fortaleza moral que le otorga al ser humano el guardar su integridad mental, moral psicológica y física, haciéndolos objeto de fácil dominación por el sistema del Nuevo Orden Mundial si el peligro de protestar ni rebeliones.
Por lo que la imposición de la ideología de género en la educación escolarizada de los niños a través del Ministerio de Educación, busca quebrar la integridad mental, moral y física de los niños, con el falso objeto de promover la igualdad del género y la no discriminación de los grupos LGTB, que en la práctica, con métodos antipedagógicos, que constituyen abuso infantil, están homosexualizando a los niños en todo el mundo, al producirles disforia de género, por ser este el objeto encubierto de todo el material contra educativo, al mismo tiempo de adoctrinarlos en Globalización y de que son “ciudadanos del mundo”. (Ver en la web el informe del Colegio Americano de Pediatría sobre la Ideología de Género en la escuela)
El diseño e imposición de la ideología de género como “nueva cultura” social, busca someter a las poblaciones de todo el mundo al Nuevo Orden Mundial, sin que estas se den cuenta que se trata de un conjunto de ideas exactamente contrarias a los valores y principios de la moral universal, que se sustenta en el conocimiento científico de la naturaleza humana y en el consenso de las naciones sobre los bueno, lo justo y lo digno para la vía individual y social del ser humano que es la base de los derechos humanos reconocidos por todos los Tratados Internacionales sobre esta materia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario