sábado, 2 de noviembre de 2013

Aprueban la denominada ley de ‘muerte civil

El Viernes, 1 de noviembre, 2013 6:17 P.M., EMILIO CRISOLOGO ALARCON <emicrisol@yahoo.es> escribió:
 
EN PRIMERA VOTACIÓN.

Aprueban la denominada ley de ‘muerte civil’.
Para los que no cumplan con cancelar reparación.

El pleno del Congreso aprobó, en primera votación, el proyecto de ley que establece la llamada "MUERTE CIVIL DE POR VIDA".

 Para los condenados por delitos de corrupción que, habiendo recobrado su libertad, no hayan cumplido con pagar la reparación civil al Estado peruano.



La iniciativa se aprobó por 54 votos a favor y 28 abstenciones, de la bancada de Fuerza Popular. Pese a los pedidos del oficialismo para que se pase de inmediato a la segunda votación, esta recién se realizaría la próxima semana.

De acuerdo con el presidente de la Comisión de Justicia, Juan Carlos Eguren, los deudores por este concepto al Estado estarán impedidos de asumir cargos por elección popular, contratar con el Estado o trabajar en alguna dependencia pública, mientras no paguen su obligación.

Registro

La norma crea el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles por Delitos en Agravio del Estado, que estará a cargo del Consejo de Defensa Jurídica del Estado del Ministerio de Justicia.

Eguren, de la bancada PPC-APP, lamentó que el fujimorismo no haya acompañado con su voto la aprobación del proyecto, como parte de la lucha contra la corrupción en el país.

Las legisladoras fujimoristas Martha Chávez y Luz Salgado pidieron que el proyecto pase a la Comisión de Constitución por considerar que se estaría violando derechos fundamentales. Sin embargo, se rechazó la cuestión previa.

El congresista Manuel Dammert (AP-FA) observó que el proyecto de ley estaría tomando en cuenta al pequeño deudor y no a los poderes económicos que están detrás de muchos intereses del Estado.

Por su parte, Mauricio Mulder (CP) y Javier Velásquez (CP) se mostraron a favor de la iniciativa, pero plantearon que se aplique a todo tipo de delito contra la sociedad.
Mientras, Javier Bedoya (PPC-APP) recomendó un mayor estudio porque podría afectarse derechos constitucionales de rehabilitación del condenado.

Pago de deuda

El Poder Ejecutivo presentó al Congreso de la República un proyecto de ley estableciendo los criterios que se tomarán en cuenta para priorizar el pago de los adeudos que tiene el Estado por sentencias judiciales en última instancia. 

De acuerdo con la propuesta, el pago de las sentencias en materia laboral tendrán prioridad, en segundo orden estarán las sentencias en materia previsional, luego las sentencias a víctimas por violaciones a derechos humanos y víctimas en actos de defensa del Estado, seguidamente las deudas sociales y otras.

El orden de pagos, a su vez, se cumplirá en función de las fechas de notificación, la edad de los acreedores y los montos de pago de acuerdo con la siguiente prioridad: primero las deudas menores a cinco Unidades Impositivas Tributarias (UIT), luego mayores de cinco hasta diez UIT, seguidamente de más de 10 a 20 UIT y más de 20 hasta 50 UIT.

Las acreencias superiores a las 50 UIT se pagarán al final y se honrarán proporcionalmente al saldo disponible y al orden de prioridad establecido.

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