domingo, 7 de febrero de 2016

SUTEP: Causa confusión, “Norma excepcional emitida por Minedu que beneficia a niños de 6 años”.

Medida es excepcional para los que cumplan años hasta junio.



La decisión del Ministerio de Educación de disponer de manera excepcional que se matricule en el primer grado de primaria a los niños y niñas que hayan cumplido 6 años de edad al 30 de junio de 2016, a educandos que han culminado su educación inicial, ha creado una controversia en su aplicación.

NORMATIVA. La disposición del Minedu tiene como objetivo favorecer a un grupo importante de niños que nacieron el 2010, que ya terminó su educación inicial y que no podrían matricularse, por haber nacido después del 31 de marzo.

Por ello se tomó la medida excepcional, para los niños que cumplan los 6 años de edad hasta el 30 de junio de 2016 y que hayan culminado el ciclo II de inicial.

Esta última parte que dice que si el niño no ha hecho el segundo ciclo de educación inicial no podría acogerse a esta excepción, es la que causa la contradicción, informó la especialista en primaria de la Dirección Regional de Educación de Junín (DREJ) Rosario Nihuanca Misari.

La funcionaria señaló que, si bien es cierto la modificadora que se ha hecho a algunos artículos de la ley N° 572 tiene un buen objetivo, a la vez es contradictoria, pues los padres cuyos hijos nacieron hasta antes del 30 de junio quieren matricular a sus hijos en el nivel primario. Sin embargo, como no hicieron su segundo cliclo, no cumplen con lo exigido por la excepción que es la de haber concluido el segundo ciclo del nivel inicial.

La especialista dijo que por eso en la DREJ esperan hasta que el Minedu complete la disposición con otra resolución que aclare este asunto bastante contradictorio.

No hay comentarios:

Publicar un comentario