Asamblea Docente: 05 marzo- 4pm, El día Libre como Derecho Consuetudinario, Dile NO al Ascenso=Legalización a la LRM, NO a la Evaluación de Desempeño, No al ilegal Incremento de Horas y Adicionales, No a la Ilegal Obligatoriedad de Tutoría y Hora de Tutoría, No a la Obligatoriedad de las Rutas de Aprendizaje, Acciones Legales contra la enjuiciada LRM, Preparémonos para el Reinicio de la Huelga Nacional de las Bases Regionales del SUTEP, 28 de enero: Entrega del Pliego de Reclamos, etc.
Invocamos a leer ya que es inherente a su labor docente y ciudadana.
2016 – LA LUCHA CONTINUA
¡Por Una Línea Sindical Clasista!
SUTE REGIONAL CALLAO
Comité Ejecutivo
DEFENDIENDO EL FRENTE ÚNICO
¡ESTUDIAR, INVESTIGAR, ORGANIZAR Y LUCHAR!
CONVOCATORIA
EL DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS DEL PERÚ CONVOCA A LOS MAESTROS VÍCTIMAS DE LA LRM (MAESTROS ACTIVOS como los DOCENTES DE AULA y los AUXILIARES, DOCENTES CESADOS como los DIRECTIVOS ESTABLES, los DOCENTES INTERINOS TITULADOS Y NO TITULADOS y los DOCENTES DE 65 AÑOS) DEMANDANTES Y NO DEMANDANTES A:
LA ASAMBLEA POR LA DEFENSA DEL TRABAJO Y LA ESTABILIDAD LABORAL, CONTRA EL RÉGIMEN LABORAL FLEXIBLE=CONTRATO TEMPORAL=EXPLOTADORA, HOSTIGANTE DE LA ENJUICIADA INTERNACIONALMENTE LEY DE REFORMA MAGISTERIAL=LEY DEL DESPIDO LABORAL.
DÍA : Sábado, 05 de marzo.
HORA : 04 PM.
LUGAR : Asociación " Señor de Qoyllority"
Jr. Conde de Superunda 754 - Cercado de Lima (A espalda de la Iglesia “Sta. Rosa de la Av. Tacna).
Jr. Conde de Superunda 754 - Cercado de Lima (A espalda de la Iglesia “Sta. Rosa de la Av. Tacna).
AGENDA:
1.- SOSTENIENDO EL RESPETO Y DEFENSA DEL RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO, SE QUIEBRA LA LEY DEL NUEVO RÉGIMEN FLEXIBLE DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL, PUES EL ESTADO LO REALIZO UNILATERAL Y PERJUDICIALMENTE SIN LIQUIDACIÓN ALGUNA.
2.- MODO Y FORMA QUE EL ESTADO PERUANO HA COMETIDO DELITO CONFISCATORIO SOBRE DERECHO DE PROPIEDAD DE TODOS LOS MAESTROS COMPRENDIDOS EN LA LEY DEL PROFESORADO.
3.- MIENTRAS NO SE HAYA LIQUIDADO DERECHOS PATRIMONIALES DE LOS MAESTROS REGIDOS SOBRE LA LEY DEL PROFESORADO, ESTÁN BAJO LOS BENEFICIOS DE DICHA LEY Y ES CONTRARIO A DERECHO LA APLICACIÓN EL NUEVO RÉGIMEN LABORAL DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL Y TODAS SUS APLICACIONES.
4.- CUÁLES SON LOS RECURSOS Y LAS CAUSAS JUSTIFICADAS PARA NO SOMETERSE A EVALUACIONES, MONITOREOS, SUPERVISIONES Y OTROS.
Alertamos que:
LA LUCHA DIRECTA Y LEGAL ES CONTRA EL RÉGIMEN LABORAL FLEXIBLE DE LA ENJUICIADA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL Y NO “LUCHAR” EN BASE A ELLA YA QUE ESO ES CLAUDICACIÓN Y SOMETIMIENTO, ES DECIR PURA FARSA DE LUCHA
Reiteramos que NOSOTROS NO PROMOVEMOS NINGUNA “LUCHA PARA DEFENDER SUS DERECHOS” SOMETIÉNDONOS A LA ENJUICIADA LRM.
En este sentido, tanto los DIRECTIVOS DEBEN LUCHAR POR SU REPOSICIÓN ESTABLE BAJO SU ÚNICA LEY: LEY DEL PROFESORADO, QUE SÍ GARANTIZA SU ESTABILIDAD LABORAL EN EL CARGO, como los AUXILIARES DE EDUCACIÓN DEBEN LUCHAR DEFENDIENDO SU RÉGIMEN LABORABLE ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO, SU ÚNICO, REAL Y LEGAL RÉGIMEN LABORAL Y NO SOMETERSE A LA ENJUICIADA LRM.
En efecto, los directivos organizados bajo el oportunismo del llamado SINDEP lo único que han “logrado” es una REPOSICIÓN TEMPORAL YA QUE SÓLO HAN CUESTIONADO LA EVALUACIÓN EXCEPCIONAL NO PREVISTA EN LA LRM, PERO PARA NADA HAN CUESTIONADO LA ENJUICIADA LRM, ES DECIR HAN ACEPTADO SER CESADOS - DESPEDIDOS DE SUS CARGOS DE DIRECTIVOS ESTABLES Y CONVERTIRSE EN DIRECTIVOS FLEXIBLES=TEMPORALES QUE POSIBLEMENTE EN 03 AÑOS VÍA LA TRAMPOSA EVALUACIÓN DESEMPEÑO PASARÁN A SER DOCENTES DE AULA, LISTO PARA SER DESPEDIDOS, PERDIENDO LO MÁS VALIOSO: SU ESTABILIDAD LABORAL. Entonces, su lucha es pura farsa.
Por otro lado, el otro oportunista llamado FENAEP y otros grupos oportunistas que dicen representar a los auxiliares (que son docentes sin título bajo la Ley del Profesorado), “LUCHAN” por sus derechos sometiéndose a la enjuiciada LRM. Es decir otros farsantes que encima se sienten indignados por un proyecto de ley que promueve la discriminación y el divisionismo cuando estos “oportunistas” en vez de luchar dentro de las Bases Regionales del SUTEP en contra la LRM, crean una organización a espaldas del SUTEP y de los auxiliares para claudicar ante la LRM. Cara duras!.
Asimismo, su legal, real y actual Régimen Laboral del AUXILIAR es el RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO como consta en los talones de cheque en plena vigencia de la enjuiciada LRM así el MINEDU y estos grupos oportunista digan que se rigen por la LRM y el DS N° 008-2014-MINEDU ya que el AUXILIAR a la fecha no le han cambiado su RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO BAJO LA LEY DEL PROFESORADO. En este sentido, siguen recibiendo todas las bonificaciones de dicha ley y pueden reclamar judicialmente el pago continuo del 30%, 5.00 de ref y mov., remuneración personal de 50.00, los incrementos de los DD.UU. N° 090-96, 073-97 y 011-99, el 1% del IGV, dos a tres sueldos totales por 25 años y/o 30 años, 04 subsidios por luto y gasto de sepelio y otras bonificaciones más. Y si les dan una nueva resolución cambiándoles su régimen laboral, debe enjuiciarlo defendiendo su único, legal real y actual régimen laboral estable de la LEY DEL PROFESORADO, lo demás es pura farsa de estos grupos sectarios oportunistas.
Todo este actuar oportunista y claudicador de estos sectarios colisiona con las arduas luchas directas y legales, nacional e internacionalmente de las BASES Regionales del SUTEP, que a pesar de las limitaciones y obstáculos, siguen el ejemplo de firme lucha de los FONAVISTA (aunque rechazamos el aprovechamiento por parte de la actual dirigencia con fines políticos electoreros), que siguen luchando por la Devolución Total de sus aportes y de los FUTNETCINCENCES, que luchan por la REPOSICIÓN de TODOS los Ilegal e Irregularmente DESPEDIDOS de la década de los 90, repudiando a los claudicadores, mercenarios y serviles de los gobiernos de turno, las llamadas centrales sindicales como la CGTP y Cía igualito que los ilegítimos “legales” CEN-SUTEP=Patria roja, que sólo representa sus intereses de partido pero para nada al magisterio nacional ni al SUTEP.
Actualmente existen más de 2 mil docentes que han denunciado ante la CIDH al estado peruano por cambiarles de régimen laboral sin consentimiento y sin liquidación, confiscado su derecho de propiedad, cambiarlos de régimen escalafonario (degradación de nivel a escala), etc. y siguen aumentando las denuncias nacionales e internacionales porque ya la CIDH ha manifestado la prohibición del cambio de régimen laboral en el 2003 (Caso: “Cinco Pensionistas” Vs. Perú.http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/Seriec_98_esp.pdf)
Por todo lo manifestado, invocamos a los DIRECTIVOS de BASE Y AUXILIARES DE BASE A RECHAZAR A ESTOS OPORTUNISTAS Y CLAUDICADORES ANTE LA LRM, FARSANTES LUCHADORES Y UNÁNSE A LAS BASES REGIONALES DEL SUTEP PARA JUNTOS LUCHAR EN DEFENSA DE NUESTRO RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO Y EN CONTRA LA ENJUICIADA, HOSTIGANTE, EXPLOTADORA CHANTAJISTA LRM=LEY DEL DESPIDO LABORAL Y CONTRA LAS APP Y OTRAS FORMAS DE PRIVATIZACIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA.
NOSOTROS, SEGUIREMOS LUCHANDO, PASE LO QUE PASE A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL HASTA NUESTRA REPOSICIÓN EN NUESTRO ÚNICO, REAL Y LEGAL LEY DEL PROFESORADO, LO DEMÁS ES PURA FARSA.
DE TODOS DEPENDE NUESTRO FUTURO LABORAL Y LA EDUCACIÓN PÚBLICA Y GRATUITA, SOLO LUCHANDO LOGRAREMOS DERROTAR LA LRM, ASÍ COMO SE LOGRO DERROTAR LA CPM, LA MUNICIPALIZACIÓN Y EL DECRETO LEY N° 26093-LA LEY N° 25536, LEYES DEL DESPIDO DE LOS 90, LA DEVOLUCIÓN DEL APORTE AL FONAVI, LO DEMÁS ES PURA FARSA.
¡¡¡VIVA LA FIRMA LUCHA, CLASISTA Y COMBATIVA CONTRA LA LRM Y PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA!!!
¡¡¡MAESTROS DESPEDIDOS REPOSICIÓN ESTABLE, Y NUNCA MÁS DESPIDOS!!!
¡¡¡NO A LA POLITIQUERÍA DE LOS BONOS E INCREMENTO DE HORAS PARA ENDULZAR LA ENJUICIADA E INHUMANA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL!!!
¡¡¡NO AL ACOSO LABORAL VÍA LOS TRILLADOS COMPROMISOS DEL MINEDU, DREs y UGELes!!!
¡¡¡ABAJO la LEY CAS-30328, LEY PUNITIVA CONTRA LOS DOCENTES CONTRATADOS!!!
LO DEMÁS ES PURA FARSA.
SOBRE EL DÍA LIBRE COMO DERECHO CONSUETUDINARIO PARA LOS DOCENTES DEL NIVEL SECUNDARIA
Como es de conocimiento público el DÍA LIBRE, a parte de las horas libres, para los docentes del nivel de secundaria, independientemente del régimen laboral de la Ley del Profesorado o de la enjuiciada Ley de Reforma Magisterial, sea dado durante muchos años convirtiéndose en una LEY conforme el derecho consuetudinario.
En efecto, el Derecho Consuetudinario, no sólo es una fuente del Derecho, sino que son normas jurídicas que no están escritas pero se cumplen porque en el tiempo se han hecho costumbre cumplirlas y tiene fuerza de ley y se recurre a él cuando no existe ley (o norma jurídica escrita) aplicable a un hecho.
En base a lo anterior, se puede afirmar que EL DÍA LIBRE es una COSTUMBRE y tiene EFECTOS JURÍDICOS AL SER LEY ya que su uso es repetitivo y generalizado en el tiempo.
Por ello, una simple norma técnica de cuadro de horas o de año escolar puede estar por encima de una costumbre convertida en LEY.
Ante esta situación, luego de incorporarse a laborar a su I.E. se ve con la sorpresa de que ya no tiene día libre, so pretexto de las 28 horas pedagógicas, es decir las 04 horas de incremento (mal llamada 04 horas adicionales) que no son obligatorias ni estables (lo único obligatorio y estable son las 24 horas pedagógicas a la semana) o porque unas simples normas técnicas que prohíben conceder día libre al profesor, y si usted ha terminar el año escolar 2015 ha presentado su propuesta de distribución de carga horaria con día libre, DEBE RECLAMAR en base al derecho consuetudinario agotando la vía administrativa y llevarlo a juicio.
Ya que será el juez quién determine el día libre como derecho docente y no una simple norma técnica ni arbitrariedad de un directivo, sea quien sea.
Mientras dure el proceso, si no le dan día libre, advierta al directivo que solo tiene obligación de trabajar 24 horas pedagógicas ya que estas son estables y con financiamiento presupuestal anualmente y conforme el régimen laboral ya que no le han dado una nueva resolución directoral donde ha incrementado su jornada laboral semanal y si le dicen que le darán, entonces, mientras no le den, no tienen ninguna obligación. Si en el futuro le dan, puede apelar ya que su único, legal y real jornada laboral es de 24 horas pedagógicas.
Recuerde, los profesores del nivel secundaria son DOCENTES POR HORAS no de permanencia y Usted tiene el DERECHO Y DEBER SOLO DE TRABAJAR SUS 24 HORAS PEDAGÓGICAS y si le pretendan obligar a trabajar más, so pretextos actuaciones, día del logro, reuniones, etc. denuncie al directivo ante la comisaria, UGEL,DRE, Defensoría del Pueblo, etc.
AL DOCENTE SE LE RESPETA, LO DEMÁS ES PURA FARSA.
DILE NO A LA LEGALIZACIÓN DE TU SOMETIMIENTO AL RÉGIMEN LABORAL FLEXIBLE DE LA ENJUICIADA E INHUMANA LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL=LA LEY DEL HOSTIGAMIENTO, EXPLOTACIÓN Y DESPIDO LABORAL MEDIANTE EL “ASCENSO” DE 1RA A 2DA ESCALA
El actual Gobierno luego de haber arbitraria, unilateral e inconstitucionalmente cambiado de Régimen Laboral Estable de la Ley del Profesorado a un Régimen Laboral Flexible de la LRM y de Régimen Escalafonario de Nivel a Escala a los Docentes Titulados (por estos hechos tiene miles de acciones de amparos, contenciosos y más de 2000 denuncias internacionales ante la CIDH), de “premiar” a los de la CPM ascendiéndoles de escala sin la trillada meritocracia y evaluación, procedió a despedir a los de Docentes de 65 años (y sigue) y a los Docentes Interinos que no se sometieron a la LRM (por estos hechos tienen amparos y medidas cautelares de reposición) y luego de convertir a los Docentes-Auxiliares de régimen laboral estable de la Ley del Profesorado a Administrativos con su nuevo combinado de regímenes laborales sin estabilidad, ahora oportunistamente convoca a otra farsa de “meriticrático concurso” para ascender a la 2da escala de la LRM con el fin de legalizar el sometimiento a los docentes titulares ya que si bien es cierto que el gobierno nos cambio de régimen laboral y régimen escalafonario lo hizo de manera arbitraria, unilateral e inconstitucionalmente, pero si el docente se inscribe y consigue ascender a la 2da. escala ya no podrá alegar dicha arbitrariedad y perjudicará la lucha legal y directa porque voluntariamente se sometió a la LRM. Esto es igualito que en la década de los 90 donde los que aceptarán la jubilación anticipada o se sometieron exámenes ya no han podido luchar por su reposición, es decir cayeron en el juego de la política del despido.
Sabemos que la necesidad económica nos agobia, pero debemos resistir, luchar y no claudicar, más aun si “asciende” estaría legalizando su sometimiento, aumentará un poco más de 100 soles mientras la canasta familiar aumenta día a día.
Por ello, como este concurso es voluntario y en cualquier momento del proceso puede desistir. PRIMERO, NO SE INSCRIBA, pero SI SE INSCRIBE, DESISTA Y NO RINDA EL EXAMEN, LO DEMÁS ES PURA FARSA, más aun si ahora las evaluaciones están “manejadas” para que “asciendan” un determinado grupo, a cambio de la legalización de la LRM”. Recuerde que en los “concursos de evaluación” de auxiliares y de “nombramiento=contrato temporal” solo un pequeño grupo logró entrar a la enjuiciada LRM ya que el fondo es tener más docentes CAS.
NO OLVIDE que solo hay aumento si hay plata y si se someten a las farsas de evaluaciones de la LRM, y el gobierno destina poca plata para el pago de remuneraciones porque lo que quiere es ahorrar.
En conclusión, “ASCENSOS” VA A VER a cambio de legalizar la enjuiciada, inhumana y discriminadora LRM y el CAS, lo demás es pura farsa.
NO OLVIDE que solo hay aumento si hay plata y si se someten a las farsas de evaluaciones de la LRM, y el gobierno destina poca plata para el pago de remuneraciones porque lo que quiere es ahorrar.
En conclusión, “ASCENSOS” VA A VER a cambio de legalizar la enjuiciada, inhumana y discriminadora LRM y el CAS, lo demás es pura farsa.
En vez de someterte, enjuicia a la LRM, lo demás es pura farsa.
COMITÉ NACIONAL DE LUCHA DE LAS BASES DEL SUTEP SE MOVILIZA AL MINEDU PARA ENTREGAR EL PLIEGO DE RECLAMOS 2016
Desde tempranas horas del día viernes 29 de Enero del 2016, los maestros de Lima, Callao y regiones empezaron a concentrarse en el cruce de la Av. Javier Prado y Av. Aviación para luego movilizarse por las calles de San Borja hacia la sede del Ministerio de Educación para hacer la entrega del Pliego de Reclamos 2016, donde se plantea, entre otras cosas:
- Por la Derogatoria de la Ley 29944 de Reforma Magisterial
- Por la Derogatoria de la Ley 30328 de Explotación CAS de maestros contratados.
- Por aumento de sueldos y pensiones acorde a la Canasta Básica Familiar que establece el INEI de S/. 3, 000 soles.
- Por pago de la deuda social del 30% de Preparación de Clases, Refrigerio y Movilidad, años de servicios docentes, subsidios, liquidación de régimen labora 24029.
- Por nombramiento Automático de maestros contratados en todas las plazas.
- Reposición inmediata de Maestros y Directores despedidos.
- Reposición inmediata de Maestros y Directores despedidos.
- Por la Defensa de la escuela Pública y rechazo a la privatización de la educación a través de las Asociaciones Público Privadas – APP
- Rechazo a la Evaluación del Desempeño Docente sinónimo de los despidos de maestros.
- Rechazo a la Evaluación del Desempeño Docente sinónimo de los despidos de maestros.
Otros.
Fuente: SUTE LIMA CLASISTA
Fuente: SUTE LIMA CLASISTA
SOBRE EL DERECHO IRRENUNCIABLE A LAS VACACIONES ANUALES
Alertamos que nuestras vacaciones terminan el lunes 29 de febrero del 2016 y recién el martes 01 de martes debemos incorporarnos a nuestra jornada laboral estable de 24 horas pedagógicas a la semana. Cualquier arbitrariedad, venga de donde venga debe ser denunciada no sólo ante la UGEL, DRE, sino también ante comisaria, Defensoría del Pueblo, Servir, etc.
ANTE DIVERSAS QUEJAS DE LOS DOCENTES HACIA EL PROCEDER DE LOS DIRECTIVOS DE LAS II.EE. y OTRAS AUTORIDADES SUPERIORES, LES INDICAMOS QUE EXISTE UNA REGLA CONSTITUCIONAL BÁSICA:
"NADIE ESTA OBLIGADO A HACER LO QUE LA LEY NO MANDA NI IMPEDIDO DE HACER LO QUE ELLA NO PROHÍBE" que ni la enjuiciada e inhumana ley de reforma magisterial puede desconocer.
Así mismo "los derechos laborales como los 60 días vacaciones son irrenunciables". En tal sentido, se dice que estamos en un Estado de Derecho Social y Democrático y los Directivos no son amos de las II.EE. ni los docentes son peones.
El directivo es un empleado del Estado con atribuciones, facultades, responsabilidades y prohibiciones así como el Director de la UGELes, DRECs, Ministros y Presidente de la República, que con el dinero de pueblo (por tanto de nosotros) se mantienen.
Ante cualquier arbitrariedad y abuso de poder pueden denunciarlos ante la UGEL, DRE, MINEDU, Defensoría del Pueblo, Comisaría, Fiscalía, Poder judicial, INDECOPI, Tribunal Constitucional, Congreso, etc. según el caso.
No permitamos abuso de autoridad ni acosa laboral ni discriminación ni violencia de la autoridad ya que la razón, la verdad y la justicia nos ampara a nivel nacional e internacional.
Adjuntamos:
– Modelo de solicitud del reconocimiento de los tres días de permiso al año.
- Modelo de solicitud de exclusión de las 04 horas de incremento.
- Modelo de solicitud de cambio de régimen laboral y liquidación de beneficios sociales bajo la Ley del Profesorado (no es informe escalafonario).
- Modelo de Hábeas Data ante la posible negativa de las UGELes/DREs de no darle la solicitud de cambio de régimen laboral.
- Modelo de solicitud de exclusión de las 04 horas de incremento.
- Sobre la ilegal e inconstitucional obligatoriedad de la tutoría y la hora de tutoría.
- Sobre la ilegal obligatoriedad de las rutas de aprendizaje y marco Curricular Nacional y sus versiones.
- Sobre el día libre como derecho consuetudinario.
Importante:
1.- Si su UGEL o DRE le niegan la constancia de cambio de régimen, pueden reclamar ante Defensoría del Pueblo y pueden interponer la garantía constitucional de hábeas data para con el fin de obtener mediante mandato judicial la constancia sobre cambio de régimen laboral y no liquidación de beneficios sociales bajo el Régimen de la Ley del Profesorado.
2.- Se debe solicitar su liquidación bajo el régimen laboral estable de la Ley del Profesorado ya que le cambiaron de régimen y no han liquidado derechos patrimoniales del anterior régimen, y como seguro le van denegar en la vía administrativa (Las dos instancias), debe iniciar mediante proceso contencioso administrativo sobre la liquidación, adjuntando la constancia de cambio de régimen laboral y la no liquidación de beneficios sociales.
3.- Los profesores que ya tienen la constancia ya no deben hacer el hábeas data, sino adjuntar la constancia a la demanda contenciosa administrativa.
4.- Lo principal es el proceso contencioso y en paralelo el hábeas data si les niegan la constancia.
5.- Ningún profesor debe dejar de hacer las dos cosas.
Con respecto a las otras solicitudes, se debe agotar la vía administrativa, para luego seguir un proceso administrativo contencioso.
Mayor información al respecto, asista a la Asamblea de los Jueves y acercarse al DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS ubicado en Jr. Carabaya 940, Oficina 408, Cercado de Lima (A media cuadra de la Plaza San Martín).
Horario de atención:
- Lunes a viernes de 09 am a 6 pm. (1 a 3 pm refrigerio).
Celular: 997701303 o al email:
Advertimos que lo que es obligatorio, debe cumplirse; si no existe responsabilidad funcional y otra cosa es lo voluntario o no obligatorio, con lo cual no hay responsabilidad funcional.
AL DOCENTE SE LE RESPETA!!!
NO ES UN CONEJILLA DE INDIAS NI UN PEÓN!!!
DILE NO A LA FARSA DE INCREMENTO DE SUELDO VÍA LAS ILEGALES HORAS “ADICIONALES”=INCREMENTOS y DILE NO AL CHANTAJE DEL SOMETIMIENTO A LAS ENGAÑOSAS EVALUACIONES y BONOS=PROPINAS!!!
LA ESCUELA ES UNA ORGANIZACIÓN SOCIOCULTURAL Y NO UNA ACADEMIA PRO-EVALUACIONES!!!.
EL DOCENTE ES UN PROFESIONAL CON AUTONOMÍA Y NO UN PEÓN SUMISO!!!
DILE NO AL CONCURSO DE ASCENSO=LEGALIZACIÓN DE TU SOMETIMIENTO A LA ENJUICIADA LRM!!!
REPUDIO A LOS ILEGÍTIMOS E ILEGALES FARSANTES SERVILES A LOS GOBIERNOS DE TURNO Y A LA POLÍTICA ANTILABORAL ACTUAL DEL CENSUTEP=PATRIA ROJA Y SUS SERVILES!!!
¡¡¡VIVA LA FIRME LUCHA POR EL FRENTE ÚNICO DE LAS BASES REGIONALES, SIN SECTARISMOS, NI OPORTUNISMOS NI FARSANTES SEUDOLUCHADORES!!!
NI FIRMEN NINGÚN PLANILLÓN DE AFILIADOS NI AUTORICEN NINGÚN DESCUENTO SINDICAL.
NI EL SUTEP NI LA DERRAMA MAGISTERIAL NI EL CAFAE Y SUBACAFAES SON PROPIEDADES PRIVADAS DE LOS SERVILES MERCENARIOS REPUDIADO "PARTIDO PATRIA ROJA".
EL SUTEP, LA DERRAMA MAGISTERIAL, EL CAFAE Y LOS SUBCAFAES PERTENECEN A TODOS LOS MAESTROS DEL PERÚ.
EL SUTEP PERTENECE A SUS BASES, TODO LO DEMÁS ES PURA FARSA.
FUERA PATRIA ROJA DEL SUTEP, HAGÁN POLITIQUERÍA CON SU PLATA, NO CON LA PLATA DEL MAESTRO Y DEL PUEBLO.
VIVA EL GLORIOSO SUTEP DESDE LAS BASES, NO LA FARSA DEL SERVIL "SUTEP"=DE PATRIA ROJA.
Febrero - marzo del 2016
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