Esta semana, entrevistado por Rosa María Palacios en radio Exitosa, el disparatado abogado de Alberto Fujimori, el doctor William Paco Castillo Dávila, se quejó amargamente del hecho de que su patrocinado no reciba la pensión que, según afirmó, le correspondería en cuanto que expresidente de la República. En tal desvarío, llegó a señalar que “la mezquindad de este país no permite que Fujimori perciba un solo centavo por pensión”.
Esta norma recogió la propuesta presentada originariamente por Carlos Ferrero, por entonces congresista fujimorista, quien con fecha 11 de mayo de 1995 presentó el proyecto N°2737/95-CCD ante el Congreso Constituyente Democrático. Su propuesta fue mínimamente retocada por el texto sustitutorio del referido proyecto, de fecha 18 de mayo del mismo año, que se limitó a introducir la palabra “ingresos” en reemplazo del término “emolumentos”. El texto sustitutorio contó con la firma, entre otros, de Carlos Torres y Torres Lara, el mismo Carlos Ferrero y Luz Salgado.
El asunto, para conocimiento del doctor William Paco Castillo Dávila, es que esa misma Ley N°26519 también establece, en su artículo 2, que: “El derecho (…) queda en suspenso para el caso de expresidentes de la República respecto de los cuales el Congreso haya formulado acusación constitucional, salvo que la sentencia judicial los declare inocentes”. Esta disposición, como resulta evidente, es aplicable a Alberto Fujimori. Y no hay más vuelta que darle al asunto, Paco. Y es que, como nadie ignora, don Alberto ha afrontado numerosos casos en los que se ha formulado acusación constitucional contra él y, además, en cuatro oportunidades, tales acusaciones constitucionales han devenido en procesos penales en los que ha sido encontrado culpable y condenado a severas penas privativas de la libertad.
Así de simple es la cosa, y punto. No hay aquí ningún ensañamiento, maldad o mezquindad en contra de Alberto Fujimori. Solo la aplicación estricta de la ley vigente, la misma que fue promovida por un congresista fujimorista; alentada y votada por la bancada fujimorista en el CCD, aprobada por el Pleno de dicho Congreso de absoluta mayoría fujimorista; y, vaya ironía, promulgada por el propio Alberto Fujimori
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