El Viernes,
1 de noviembre, 2013 6:17 P.M., EMILIO CRISOLOGO ALARCON
<emicrisol@yahoo.es> escribió:
EN PRIMERA
VOTACIÓN.
Aprueban la denominada ley
de ‘muerte civil’.
Para los que no cumplan con cancelar reparación.
Para los que no cumplan con cancelar reparación.
El pleno del Congreso aprobó, en primera
votación, el proyecto de ley que establece la llamada "MUERTE CIVIL DE POR
VIDA".
Para los condenados por delitos de corrupción que, habiendo recobrado su libertad, no hayan cumplido con pagar la reparación civil al Estado peruano.
Para los condenados por delitos de corrupción que, habiendo recobrado su libertad, no hayan cumplido con pagar la reparación civil al Estado peruano.
La iniciativa se aprobó
por 54 votos a favor y 28 abstenciones, de la bancada de Fuerza Popular. Pese a
los pedidos del oficialismo para que se pase de inmediato a la segunda votación,
esta recién se realizaría la próxima semana.
De acuerdo con el
presidente de la Comisión de Justicia, Juan Carlos Eguren, los deudores por este
concepto al Estado estarán impedidos de asumir cargos por elección popular,
contratar con el Estado o trabajar en alguna dependencia pública, mientras no
paguen su obligación.
Registro
La norma crea el Registro
de Deudores de Reparaciones Civiles por Delitos en Agravio del Estado, que
estará a cargo del Consejo de Defensa Jurídica del Estado del Ministerio de
Justicia.
Eguren, de la bancada
PPC-APP, lamentó que el fujimorismo no haya acompañado con su voto la aprobación
del proyecto, como parte de la lucha contra la corrupción en el país.
Las legisladoras
fujimoristas Martha Chávez y Luz Salgado pidieron que el proyecto pase a la
Comisión de Constitución por considerar que se estaría violando derechos
fundamentales. Sin embargo, se rechazó la cuestión previa.
El congresista Manuel
Dammert (AP-FA) observó que el proyecto de ley estaría tomando en cuenta al
pequeño deudor y no a los poderes económicos que están detrás de muchos
intereses del Estado.
Por su parte, Mauricio
Mulder (CP) y Javier Velásquez (CP) se mostraron a favor de la iniciativa, pero
plantearon que se aplique a todo tipo de delito contra la sociedad.
Mientras, Javier Bedoya
(PPC-APP) recomendó un mayor estudio porque podría afectarse derechos
constitucionales de rehabilitación del condenado.
Pago de deuda
El Poder Ejecutivo presentó al Congreso de la República un proyecto de ley
estableciendo los criterios que se tomarán en cuenta para priorizar el pago de
los adeudos que tiene el Estado por sentencias judiciales en última
instancia.
De acuerdo con la propuesta, el pago de las sentencias en materia laboral
tendrán prioridad, en segundo orden estarán las sentencias en materia
previsional, luego las sentencias a víctimas por violaciones a derechos humanos
y víctimas en actos de defensa del Estado, seguidamente las deudas sociales y
otras.
El orden de pagos, a su vez, se cumplirá en función de las fechas de
notificación, la edad de los acreedores y los montos de pago de acuerdo con la
siguiente prioridad: primero las deudas menores a cinco Unidades Impositivas
Tributarias (UIT), luego mayores de cinco hasta diez UIT, seguidamente de más de
10 a 20 UIT y más de 20 hasta 50 UIT.
Las acreencias superiores a las 50 UIT se pagarán al final y se honrarán
proporcionalmente al saldo disponible y al orden de prioridad establecido.
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