PROFESORES TENDRÁN 3 DÍAS DE PERMISO CON GOCE DE HABER
La Ley de la Reforma Magisterial no lo plantea ni lo prohíbe los 3 días de permiso para el docente. La Ley de la Carrera Magisterial fue aprobrada en el 2012 y su reglamento fue aprobado el 3 de mayo del 2013.
La R.M. N° 0571-94-ED, en su Título V , inciso 3 dice: "El servidor tiene derecho a tres (3) días de permiso con goce de remuneraciones por motivos personales, el mismo que será concedido por el Jefe inmediato superior"
POsterior a la Ley de la Carrera y su Reglamento, el 29 de agosto del 2013 el MINEDU reconoció la vigencia y posteriormente el 15 de octubre emitió el oficio a las direcciones regionales para que se cumpla la disposición.
El Oficio Múltiple Nº 0078-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER le dio vigencia a la R.M. 0571-94-ED (15 de octubre del 2013)
Por lo tanto en las instituciones educativa al aprobar su Reglamento Interno deben considerar los 3 días al año en el acápite correspondiente a los derechos del docente.
Alcanzo a ustedes un análisis que hace un docente y abogado sobre la vigencia de los 3 días de permiso :
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